Fiscalía en Combate a la Anticorrupción Durango

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Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Durango

Es un Órgano Constitucional Autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, dotado de autonomía técnica, operativa, financiera y de gestión para investigar y perseguir los delitos de corrupción y ejercer la acción penal ante los tribunales, con respeto a los Derechos Humanos. 

Sus actuaciones están dirigidas a promover la reparación del daño a las víctimas y la recuperación de activos robados; la protección de las personas denunciantes y testigos y la imposición de sanciones a los servidores públicos y particulares responsables.

ESTADÍSTICA DE INCIDENCIA DELICTIVA DE HECHOS DE CORRUPCIÓN EN EL ESTADO DE DURANGO

Actualización: 27/03/2024

Carpetas de Investigación

0

100%
Iniciadas

0

58%
Trámite

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16%
Judicializadas

0

27%
Concluidas

Conoce los delitos de corrupción que puedes denunciar

El SERVIDOR PÚBLICO que utilice su puesto, cargo o comisión para incrementar su patrimonio sin comprobar su legítima procedencia.

Para determinar el enriquecimiento ilícito del servidor público, se tomarán en cuenta los bienes a su nombre y aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño, además de lo que disponga la legislación sobre responsabilidades de los servidores públicos.

El SERVIDOR PÚBLICO que incurra, entre otras, en las siguientes conductas:

  • Ejerza las funciones de un cargo o comisión sin satisfacer los requisitos legales o habiendo sido suspendido o destituido.
  • Se atribuya funciones o comisiones distintas a las que tenga encomendadas, en perjuicio de la función pública.
  • Sustraiga, destruya, oculte o utilice indebidamente información o documentación a cargo.
  • Rinda dolosamente informes con hechos o circunstancias falsos, o niegue la verdad sobre lo que le sea requerido legalmente.
  • Teniendo conocimiento de posibles afectaciones al patrimonio o los intereses del Estado, no informe a su superior jerárquico o lo evite si está dentro de sus facultades.

Los SERVIDORES PÚBLICOS que incurran, entre otras, en las siguientes conductas:

  • Retardar o negar indebidamente a particulares la protección o servicio que tenga obligación de dar.
  • Hacer que se le entreguen fondos, valores u otros bienes, y se los apropie indebidamente.
  • Estando encargado de administrar justicia, bajo cualquier pretexto se niegue injustificadamente a atender un asunto a su cargo.
  • Siendo elemento de una fuerza pública, se niegue a prestar auxilio o retrase injustificadamente su actuación.
  • Obtener, exigir o solicitar dádivas o parte del sueldo de sus subalternos.

El SERVIDOR PÚBLICO que por sí o por interpósita persona, solicite o reciba para sí o para otro, dinero o cualquier otra dádiva o acepte una promesa, para HACER O DEJAR DE HACER algo relacionado con sus funciones.

El SERVIDOR PÚBLICO que para su beneficio o el de una persona física o moral disponga  o distraiga de su objeto dinero, valores pertenecientes al Estado.

O bien, utilice fondos públicos para promover su imagen política o social, la de su superior jerárquico o la de un tercero, o a fin de denigrar a cualquier persona.

El SERVIDOR PÚBLICO que exija, personalmente o a través de otra persona, dinero, valores o servicios a título de impuesto, contribución, derecho, recargos o cooperación NO DEBIDA, o en una CANTIDAD MAYOR a la que establece la ley.

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